PROCEDIMIENTO SEGUIDO EN FORMA DE JUICIO

Representamos y asesoramos en la defensa por las acusaciones de prácticas monopólicas o concentraciones prohibidas que realice la Comisión Federal de Competencia Económica o el Instituto Federal de Telecomunicaciones en el procedimiento seguido en forma de juicio.

La Ley Federal de Competencia Económica prohíbe ciertas conductas que afectan la competencia económica y que denomina prácticas monopólicas o concentraciones ilícitas.

La legislación divide las prácticas monopólicas en absolutas y relativas.

Las prácticas monopólicas absolutas son los acuerdos o arreglos entre competidores para fijar o manipular precios, dividirse el mercado, restringir la oferta o coordinarse en licitaciones públicas.

Las prácticas monopólicas relativas son los acuerdos o arreglos que impone un agente económico que tiene poder sustancial en el mercado relevante, para desplazar o impedir el acceso a otros agentes económicos o establecer ventajas exclusivas en favor de alguien.

Las concentraciones ilícitas son aquellas que afectan el proceso de competencia y libre concurrencia, que desplazan o impiden el acceso al mercado a otros agentes económicos, así como las que imponen barreras a la competencia.

El procedimiento seguido en forma de juicio comienza con el emplazamiento a los probables responsables por prácticas monopólicas o concentraciones prohibidas. El emplazado tiene un plazo para contestar el dictamen de probable responsabilidad y ofrecer pruebas. Una vez desahogadas las pruebas se tiene el derecho de alegar y solicitar una audiencia al Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica para verbalmente alegar lo que a su derecho convenga.

La Comisión o el Instituto el emitir su resolución puede imponer multas por prácticas monopólicas absolutas hasta el 10% de los ingresos de un agente económico y por prácticas monopólicas relativas o concentraciones ilícitas hasta el 8% de los ingresos de un agente económico.

Además, por prácticas monopólicas absolutas se puede inhabilitar a los funcionarios de la empresa que intervinieron en dicha práctica y, se podrá sancionar penalmente con multas y la privación de la libertad.